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Guía práctica sencilla para solicitar tus vacaciones

Se acerca el periodo de vacaciones y con ello las prisas para solicitarlas si antes no lo has hecho. Así, en el siguiente artículo te explicamos todo lo que debes de tener en cuenta a la hora de solicitar tus vacaciones:


  • Debes de pedirlas siempre por escrito, tanto tu solicitud como si te las conceden o te las deniegan deben de constar por escrito (WhatsApp, email, formulario …).


  • Tienes que pedirlas como mínimo con dos meses de antelación, y te las tienen que conceder también como mínimo con dos meses de antelación. No vale que las pidas de hoy para mañana y que te las concedan también de hoy para mañana, ya que esto es ilegal. Además, si no existe esta antelación mínima de dos meses te las pueden denegar perfectamente.

  • No es cierta la regla de que tu empresa elige 15 días de tus vacaciones y tú otros 15 días, salvo que tu convenio colectivo lo establezca. La regla general es que se tienen que decidir de mutuo acuerdo y es posible que la empresa te limite o te prohíba poder cogértelas durante un periodo de tiempo, por ejemplo, en verano o en navidad.


  • No pueden comenzar con el inicio de tu descanso semanal, por ejemplo, si trabajas de lunes a viernes, no pueden comenzar un sábado, tendrán que comenzar el lunes.


  • Las vacaciones son un derecho irrenunciable, las cuales nunca te las pueden pagar, ni negártelas. Siempre tienes derecho a disfrutarlas, salvo que finalice tu contrato y te las finiquiten.

¿Y si te las cancelan de hoy a mañana? Si las vacaciones las tienes aprobadas como mínimo con dos meses de antelación, no te las pueden cancelar. No te pueden poner ningún tipo de sanción por negarte a cancelarlas, ya que no estás incumpliendo nada al tenerlas ya aprobadas con dicha antelación.


En resumen, existen muchos mitos sobre las vacaciones que muchos trabajadores dan por hecho sin que sean reales. Por ello, es muy importante estar asesorado en todo momento, desde GAIM ASESORES te ofrecemos asesoramiento especializado y orientado a tu caso. Si necesitas más información al respecto, puedes ponerte en contacto con nuestros asesores a través del siguiente enlace: https://www.gaimasesores.com/contacta-con-nosotros



María Arenas Jodra

Abogada







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